Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 16 de Febrero de 2018 (Tesis num. I.13o.T.185 L (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 16-02-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016264
Número de resoluciónI.13o.T.185 L (10a.)
Fecha de publicación16 Febrero 2018
Fecha16 Febrero 2018
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.T.185 L (10a.)

De una interpretación armónica de los artículos 12, 15 y 18 de la Ley del Seguro Social vigente a partir del uno de julio de mil novecientos noventa y siete, se colige que la obligación de los patrones consistente en registrarse e inscribir a sus trabajadores en el instituto, así como comunicar sus altas y bajas, modificaciones y demás datos, es una responsabilidad exclusiva de éstos, por lo que su incumplimiento no los libera de sus obligaciones ni los exime de las sanciones y responsabilidades en que hubieran incurrido por esa omisión. En este sentido, si el trabajador demanda diversas prestaciones a una persona moral o física y ésta niega la existencia de la relación laboral y aquél allega diversas pruebas para demostrarla, éstas no pueden desvirtuarse con la hoja de certificación de derechos que expide el instituto aludido, en la que consta la inscripción del trabajador por uno o varios patrones distintos de aquellos a los que se les atribuye la relación de...

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