Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 12 de Enero de 2018 (Tesis num. I.3o.C.257 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 12-01-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.257 C (10a.)
Fecha de publicación12 Enero 2018
Fecha12 Enero 2018
Número de registro2015968
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.C.257 C (10a.)

La usura no cabe respecto de créditos de interés social, considerados baratos en sí mismos (por su tasa de interés), pues por definición sólo aplica a aquellos que tienen una finalidad de lucro, es decir, a los que naturalmente no son baratos, por la necesidad de la entidad financiera de recuperar el costo de fondeo, el costo de operación, preservar el valor adquisitivo del dinero y, además, obtener un beneficio adicional para sus propietarios o accionistas, lo que se logra por medio del incremento porcentual de la tasa de interés. Por el contrario, lo que tiene que determinarse es si constituye o no un crédito barato, conforme a la definición en otro lado proporcionada. Y en el caso, como el análisis de su tasa activa [que oscila entre veinte punto cero tres por ciento (20.03%) y veintiocho punto cero cuatro por ciento (28.04%) anual, en función del plazo y del nivel de afectación que de su sueldo elija el trabajador (diez, quince o veinte por ciento como máximo a descontar de su sueldo)], en comparación con la de otros organismos públicos que otorgan créditos sociales (banca de desarrollo social, fideicomisos públicos de fomento y organismos de fomento), en concreto el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (Banjercito), que ofrece créditos ABCD (adquisición de bienes de consumo duradero) y otros sin destino específico que pueden servir a ese fin (quirografarios y para adquisición específica de muebles, vehículos y motos); el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), que tiene un crédito para ampliar, reparar o mejorar la casa de un trabajador cotizante (denominado Respalda2-M) y el Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos (Ictesgem), cuyas tasas promedio ponderadas anuales oscilan, respectivamente, entre el once punto cuatro por ciento (11.4%) y diecisiete punto ocho por ciento (17.8%); diecisiete por ciento (17%) y diez por ciento (10%) a catorce por ciento (14%), todos con descuento vía nómina y con plazos flexibles, pone de relieve que el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) tiene un componente de ganancia (conclusión a la que se arriba dada esa disparidad porcentual), ello basta para afirmar que su crédito no es barato, pues no merece ese adjetivo un crédito que busca un lucro; sólo lo es uno que persigue su autosuficiencia patrimonial, es decir, su...

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