Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, 5 de Enero de 2018 (Tesis num. (I Región)8o.56 A (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Primera Región, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 05-01-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(I Regi
Fecha de publicación05 Enero 2018
Fecha05 Enero 2018
Número de registro2015924
MateriaConstitucional, Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (I Región)8o.56 A (10a.)

El Código Municipal de A. prevé la existencia de la Secretaría de Seguridad Pública, su estructura, así como los derechos y obligaciones de su personal y, en sus artículos 115, fracción I y 116 establece la aplicabilidad del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de A., sus Municipios y Organismos Descentralizados para los "funcionarios públicos", carácter que tienen los policías municipales. Así, ambas normas forman parte de lo que el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos entiende, cuando señala que los miembros de la instituciones policiales, entre otros, "se regirán por sus propias leyes". En estas condiciones, cobra aplicación el numeral 107, fracción III, inciso b), del estatuto referido, que dispone que prescriben en 60 días naturales las acciones de los servidores públicos para reclamar el pago de jornadas ordinarias y extraordinarias. Por tanto, si un policía del Municipio señalado demanda el pago...

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