Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, 24 de Noviembre de 2017 (Tesis num. XXI.2o.C.T.9 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, 24-11-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2015654
Número de resoluciónXXI.2o.C.T.9 L (10a.)
Fecha de publicación24 Noviembre 2017
Fecha24 Noviembre 2017
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXI.2o.C.T.9 L (10a.)

De conformidad con la exposición de motivos de la iniciativa que incorporó la aportación denominada "cuota social", regulada por primera vez en la Ley del Seguro Social, a partir del 1 de julio de 1997, se advierte que su creación obedeció al propósito de preservar los elementos redistributivos y contribuir a que los trabajadores obtengan mejores pensiones, por lo que constituye una aportación que el Gobierno Federal deposita mensualmente en la cuenta individual de cada trabajador asegurado, que sirve para financiar el monto de sus pensiones. Así, de los artículos 159, fracción I, 169, 174 y 193 de la citada ley, se colige que el legislador determinó que constituye un derecho de todo trabajador asegurado tener una cuenta individual; que los recursos acumulados en ésta son de su propiedad y que, en caso de fallecimiento, de no actualizarse los supuestos para que los beneficiarios gocen de una pensión por el seguro de invalidez y vida, la Administradora de Fondos para el Retiro deberá entregar el saldo de la cuenta individual a éstos, previa autorización del instituto, incluyendo la cuota social. Por consiguiente, si la aportación de la cuota...

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