Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 17 de Noviembre de 2017 (Tesis num. I.7o.A.159 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 17-11-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.159 A (10a.)
Fecha de publicación17 Noviembre 2017
Fecha17 Noviembre 2017
Número de registro2015581
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.A.159 A (10a.)

El otorgamiento de dicha medida no afecta el orden público ni el interés social en el caso precisado, porque no produce mayor perjuicio a la sociedad que el que pudiera ocasionarse con la ejecución del acto reclamado, pues si bien es cierto que el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho de acceso a la información pública, también lo es que éste no es irrestricto e ilimitado, y la salvaguarda del interés social sólo se justifica cuando la publicidad de la información observe los principios de legalidad y constitucionalidad que deben regir la protección de los datos personales. En la especie, el perjuicio por la ejecución del acto reclamado aludido se torna materialmente irreparable, debido a que la divulgación de la información importaría, por un lado, una afectación injustificada a la vida privada de dicha persona de derecho social, lo cual está protegido por los artículos 6o., fracción II y 16 constitucionales y, por otro, una intromisión arbitraria a la libertad sindical, por implicar una invasión a la facultad que tiene el sindicato de decidir si da o no a conocer parte de su patrimonio a terceros, lo...

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