Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 27 de Octubre de 2017 (Tesis num. III.5o.C.44 C (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 27-10-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.5o.C.44 C (10a.)
Fecha de publicación27 Octubre 2017
Fecha27 Octubre 2017
Número de registro2015429
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.5o.C.44 C (10a.)

El embargo realizado en bienes del quejoso para garantizar el pago de alimentos provisionales en un juicio civil, no persigue simplemente garantizar las resultas de dicho procedimiento, como sucede en un juicio ejecutivo mercantil, sino la propia subsistencia material y el bienestar mínimo de la persona en favor de quien se concedió el pago de dicha pensión alimenticia, obligación que tiene su origen en un deber ético que ha sido incorporado al sistema jurídico con el valor de elemento de orden público e interés social. Por tanto, cuando se declare inconstitucional el emplazamiento a juicio realizado al deudor alimentario, no debe dejarse sin efectos el embargo practicado en sus bienes, para garantizar el pago de alimentos provisionales, aunque se haya realizado en la misma diligencia, ya que en el caso deben considerarse desvinculados procesalmente, porque atienden a instituciones distintas, puesto que en un ejercicio de ponderación de derechos o proporcionalidad, resulta justificada la subsistencia del embargo, habida...

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