Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 27 de Octubre de 2017 (Tesis num. I.7o.A.4 CS (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 27-10-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2015433
Número de resoluciónI.7o.A.4 CS (10a.)
Fecha de publicación27 Octubre 2017
Fecha27 Octubre 2017
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.A.4 CS (10a.)

El acceso a la información pública es un derecho fundamental contenido en el artículo 6o., apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que su ejercicio por personas con alguna discapacidad, obliga al órgano constitucional autónomo mencionado a aplicar las normas relativas al derecho sustantivo señalado, bajo un enfoque que privilegie la solución más favorable a su ejercicio pleno, esto es, preferir aquella interpretación que haga eficaz el cumplimiento de la norma sustantiva. Así, existen disposiciones contenidas en ordenamientos diversos, tanto de derecho interno como de carácter convencional, que pueden sustentar el sentido de sus fallos, como la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de observancia en todo el país y aplicable no sólo a la administración pública centralizada y paraestatal, sino también, entre otros, a órganos como el aludido; la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y, en el plano supranacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, cuya regulación en los temas relativos a la no discriminación...

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