Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 6 de Octubre de 2017 (Tesis num. VII.2o.T.142 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 06-10-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2015266
Número de resoluciónVII.2o.T.142 L (10a.)
Fecha de publicación06 Octubre 2017
Fecha06 Octubre 2017
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.142 L (10a.)

De conformidad con la fracción IV del artículo 743 de la Ley Federal de Trabajo, vigente a partir del 1 de diciembre de 2012, si no obstante haberse dejado citatorio, no está presente el interesado o su representante, la notificación se hará a cualquier persona mayor de edad que se encuentre en la casa o local; y si éstos estuvieren cerrados, se fijará una copia de la resolución en la puerta de entrada. Requisito de "mayoría de edad", que el legislador introdujo en la reforma a la legislación aludida, ya que un acto jurídico procesal de la importancia y trascendencia del emplazamiento, que constituye una actuación judicial y que por su finalidad es un acto solemne, esencial para cumplir con el requisito constitucional de la debida audiencia de la demandada, sólo puede llevarse a cabo con persona que tenga capacidad de ejercicio, es decir, quien tiene aptitud reconocida por el derecho para realizar actos jurídicos y sus implicaciones, como son informar al fedatario público las circunstancias peculiares que lo vinculan con el demandado, así como recibir la cédula y los documentos que se acompañan, pues únicamente así tendrá validez ese acto y certeza de que con quien se entendió la diligencia tiene plena capacidad de ejercicio y discernimiento para comprender, por sí mismo, la realización del acto y las implicaciones jurídicas que éste conlleva. En esa tesitura, si del citatorio y de la diligencia de emplazamiento realizados por el actuario en el procedimiento laboral, no se advierte ningún dato que revele que se hubiese cerciorado de que la persona con quien las entendió fuera mayor de edad, dichas actuaciones carecen de validez, en tanto no se tiene la certeza de que aquélla cuente con capacidad de ejercicio, sin que sea obstáculo a lo anterior, la jurisprudencia 2a./J. 162/2004, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "EMPLAZAMIENTO A JUICIO EN MATERIA LABORAL. LOS ACTUARIOS ESTÁN OBLIGADOS A ASENTAR EN EL ACTA RESPECTIVA, CIERTOS DATOS QUE PERMITAN APOYAR SU DICHO, SIN LLEGAR AL EXTREMO DE EXPRESAR LAS CARACTERÍSTICAS FÍSICAS, Y DEMÁS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDE, SI ÉSTA SE NEGÓ A DAR SU NOMBRE Y A DECIR POR QUÉ SE ENCUENTRA EN EL LUGAR.", en la que se proscribió, entre otras cosas, que el actuario deberá cerciorarse de la edad de la persona con quien entendiese la diligencia; ello, en razón de que dicho criterio fue aprobado el 22 de...

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