Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 29 de Septiembre de 2017 (Tesis num. XXVI.3 L (10a.) de Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 29-09-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2015211
Número de resoluciónXXVI.3 L (10a.)
Fecha de publicación29 Septiembre 2017
Fecha29 Septiembre 2017
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVI.3 L (10a.)

Conforme a lo determinado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 34/94, entre las funciones que desarrolla un representante patronal se encuentran las de vigilancia, toda vez que quienes las llevan a cabo actúan en favor de los intereses del patrón; y si bien el puesto de supervisor no está catalogado en el artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo, como de los que se consideran representantes del patrón, lo cierto es que el personal que despliega funciones de ese tipo -vigilancia- no presenta las condiciones de independencia e imparcialidad que permitan otorgar validez a la prueba testimonial a su cargo, cuando depongan sobre hechos que puedan afectar como consecuencia los intereses de su representada; por lo que su atesto no tendría valor probatorio en cuanto...

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