Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, 4 de Agosto de 2017 (Tesis num. XX.1o.P.C.6 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Civil del Vigésimo Circuito, 04-08-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2014831
Número de resoluciónXX.1o.P.C.6 P (10a.)
Fecha de publicación04 Agosto 2017
Fecha04 Agosto 2017
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XX.1o.P.C.6 P (10a.)

El precepto mencionado, que prevé el delito de fraude específico, establece como elementos materiales que: a) el sujeto activo se coloque en estado de insolvencia (conducta de acción); y, b) tenga como propósito eludir sus obligaciones respecto de su acreedor (elemento subjetivo). Es decir, requiere que el inculpado tenga la calidad específica de deudor y el ofendido la de acreedor, lo que implica necesariamente la existencia de una deuda previa; además, exige que la conducta reprochable al activo, relativa a colocarse en estado de insolvencia, sea posterior al surgimiento de la deuda, en atención a que lo que pretende sancionarse es el actuar doloso por medio del cual el...

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