Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 4 de Agosto de 2017 (Tesis num. XXVII.1o.4 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 04-08-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2014851
Número de resoluciónXXVII.1o.4 P (10a.)
Fecha de publicación04 Agosto 2017
Fecha04 Agosto 2017
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.1o.4 P (10a.)

De la interpretación literal del precepto transitorio mencionado, se advierte que el inculpado en un proceso penal inquisitivo, puede solicitar al órgano jurisdiccional competente la revisión, sustitución, modificación o cese de medidas cautelares, como la sustitución de la prisión preventiva por una diversa, de conformidad con los artículos 153 a 171 y 176 a 182 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pues el legislador precisó que dichos preceptos pueden aplicarse en los procedimientos iniciados con base en la legislación procesal penal vigente con anterioridad a la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial. En tal virtud, dado que el derecho sustantivo referido atañe a la libertad personal del indiciado, no debe supeditarse la petición de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por una diversa, a la instauración y funcionamiento de la "Autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión provisional del proceso", a cuyo cargo se...

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