Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Julio de 2017 (Tesis num. I.13o.C.14 K (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14-07-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.13o.C.14 K (10a.)
Fecha de publicación14 Julio 2017
Fecha14 Julio 2017
Número de registro2014781
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.C.14 K (10a.)

De acuerdo con el artículo 5o., fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, el juicio de amparo es procedente contra actos de particulares a quienes les asista la calidad de autoridades responsables; sin embargo, cuando se promueve el juicio constitucional contra actos de alguna institución bancaria, a la que se le reclama la determinación unilateral por virtud de la cual da por concluida la relación de prestación de servicios bancarios con uno de sus clientes, el auto inicial de trámite no es la etapa adecuada para determinar si a dicha institución le asiste o no la calidad de autoridad responsable, en tanto que, el juzgador de amparo únicamente cuenta con lo expresado por la quejosa en su demanda y, en su caso, con los anexos de ésta. Consecuentemente, en dicha etapa no puede advertirse de manera manifiesta e indudable si a la institución bancaria le asiste o no la calidad de autoridad responsable, pues para determinar si actuó o no con las características de...

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