Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 30 de Junio de 2017 (Tesis num. V.1o.P.A.4 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Quinto Circuito, 30-06-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.1o.P.A.4 P (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2017
Fecha30 Junio 2017
Número de registro2014672
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; V.1o.P.A.4 P (10a.)

La resolución recaída en el incidente no especificado de reducción del monto por concepto de reparación del daño fijado en la causa penal como requisito de efectividad para obtener el beneficio de la libertad provisional bajo caución, se ubica en el caso de excepción al principio de definitividad para efectos de la procedencia del juicio constitucional, previsto en el artículo 61, fracción XVIII, inciso b), de la Ley de Amparo, en la hipótesis relativa: "Cuando el acto reclamado consista en la resolución que niegue la libertad bajo caución o que establezca los requisitos para su disfrute". Lo anterior es así, ya que dicha determinación incidental, que revisa o fija los requisitos de efectividad para el beneficio de la libertad provisional bajo caución, establecidos en el artículo 349 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora abrogado, y que son que el inculpado: I. Garantice el monto estimado de la reparación de los daños y perjuicios; II. Caucione el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, que la ley establece en razón del procedimiento; y, III. No se trate de alguno de los delitos señalados como graves en el último párrafo del artículo 187 del código citado, constituye un acto que afecta la libertad personal del quejoso, porque si bien la privación de la libertad es consecuencia del auto de formal prisión dictado en su contra en el proceso penal que se le instruyó...

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