Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Novena Región, 23 de Junio de 2017 (Tesis num. (IX Región)1o.2 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Novena Región, 23-06-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(IX Regi
Fecha de publicación23 Junio 2017
Fecha23 Junio 2017
Número de registro2014610
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (IX Región)1o.2 P (10a.)

Existen diversos criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ilustran en el sentido de que la diligencia en la que el inculpado dentro de un procedimiento penal, al rendir su declaración, o hacer manifestaciones, no sea asistido por un defensor profesional del derecho es ilícita, y que ante tal escenario, dicho vicio debe ser reparado a efecto de que aquél goce eficazmente del derecho humano de la defensa adecuada. Ahora bien, si en el juicio de amparo directo el inculpado argumenta una violación en ese aspecto, ocurrida en la audiencia de vista dentro del trámite de la apelación, o es advertida de oficio, procede otorgar la protección constitucional solicitada a efecto de que se desagravie al impetrante de la violación al derecho humano de trato; además, si de las mismas inconformidades propuestas se advierten alegaciones en el sentido de que se cometieron en perjuicio del quejoso diversas violaciones procesales y de forma, se estima que la concesión de mérito puede traer mayor beneficio a éste, ya que quien se haga cargo de su defensa técnica, ya sea particular o de oficio, puede tener, dado el conocimiento del asunto, una gama más amplia respecto de violaciones cometidas en perjuicio de su defendido, y que éstas pueden hacerse valer oportunamente en la sede natural del conflicto criminoso, por lo que la violación a este derecho humano es de orden preferente en su estudio respecto a las transgresiones procesales que se plantean en la demanda de amparo. Por tanto, si en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR