Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Segundo Circuito, 2 de Junio de 2017 (Tesis num. XII.C.14 C (10a.) de Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Segundo Circuito, 02-06-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXII.C.14 C (10a.)
Fecha de publicación02 Junio 2017
Fecha02 Junio 2017
Número de registro2014427
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XII.C.14 C (10a.)

Con motivo de que el sistema judicial mexicano reconoció las Reglas Básicas de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables, adoptadas en la declaración de Brasilia, en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana de marzo de dos mil ocho, se estableció la obligación de todos los juzgadores de adoptar las medidas necesarias para eliminar toda desigualdad y suprimir las barreras que impiden o limitan el acceso a la justicia durante el procedimiento. Por lo que si bien en asuntos mercantiles donde existe un estricto derecho en cuanto al principio dispositivo, se exige a las partes la carga de probar sus pretensiones, lo cierto es que ello no exime al órgano jurisdiccional de reparar las situaciones de desigualdad que advierta, mediante la adopción de medidas idóneas para cada caso en particular. De manera que cuando se promueve tercería excluyente de preferencia derivada de un juicio ejecutivo mercantil bajo la premisa de que son trabajadores del demandado ejecutado y embargan bienes de su propiedad derivado de...

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