Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 19 de Mayo de 2017 (Tesis num. XXI.1o.P.A.11 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 19-05-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.P.A.11 P (10a.)
Fecha de publicación19 Mayo 2017
Fecha19 Mayo 2017
Número de registro2014328
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXI.1o.P.A.11 P (10a.)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 290/2013, del cual derivó la tesis aislada 1a. CXXVIII/2014 (10a.), de título y subtítulo: "VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. TIENE LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA INTERPONER JUICIO DE AMPARO CONTRA LA RESOLUCIÓN JURISDICCIONAL QUE NIEGA LIBRAR UNA ORDEN DE APREHENSIÓN (INTERRUPCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 85/2001).", estableció que la víctima u ofendido del delito tiene el carácter de parte activa en el proceso penal y, por ende, cuenta con legitimación para impugnar, mediante el juicio de amparo, no solamente tópicos relacionados directamente al derecho fundamental a la reparación del daño, sino también aquellas resoluciones jurisdiccionales de las cuales dependa, a la postre, dicho derecho, es decir, el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado. Luego, teniendo en cuenta que la libertad por falta de elementos para procesar, si bien no afecta directamente la reparación del daño, porque no se pronuncia sobre ese extremo, sí impide de manera indirecta que la víctima u ofendido del delito obtenga el referido derecho fundamental, pues en caso de que la Sala revoque el auto de formal prisión y, en su lugar, decrete una resolución de esa naturaleza, jamás podría emitirse una sentencia condenatoria en la que se fincara esa sanción reparatoria. En consecuencia, aquél tiene legitimación para...

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