Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 19 de Mayo de 2017 (Tesis num. I.3o.A.29 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 19-05-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.A.29 A (10a.)
Fecha de publicación19 Mayo 2017
Fecha19 Mayo 2017
Número de registro2014319
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.A.29 A (10a.)

La finalidad de las disposiciones en materia de movilidad existentes en la Ciudad de México, es incentivar el uso de los medios de transporte público y no motorizados, que permitan el desplazamiento de las personas y, a la par, desincentiven el uso de vehículos automotores que produzcan efectos negativos sobre la calidad del medio ambiente. Así, dado que el fin primordial es procurar un ambiente sano, el gobierno local ha formalizado mecanismos y acciones que permiten a la ciudadanía el traslado de un lugar a otro sin el uso del automóvil, sino a través de otros medios más favorables al medio ambiente, que provocan mínimos efectos negativos sobre la calidad de vida. Por esa razón, se han implementado dispositivos que permiten la complementariedad de diversos medios de transporte público que han generado, incluso, la modificación de hábitos y la forma en que se realizan los desplazamientos diarios, para lograr una movilidad más sustentable; circunstancia que avanza con el paso del tiempo. Sobre esas bases, se concluye que cuando la autoridad resuelva una solicitud para ingresar al Sistema de Transporte Colectivo Metro con una bicicleta...

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