Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, 19 de Mayo de 2017 (Tesis num. XVIII.1o.P.A.2 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, 19-05-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.1o.P.A.2 A (10a.)
Fecha de publicación19 Mayo 2017
Fecha19 Mayo 2017
Número de registro2014300
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVIII.1o.P.A.2 A (10a.)

De la interpretación literal del artículo 76, fracción V, de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos abrogada, se colige que, aun cuando la actividad procesal es una tarea cotidiana del órgano jurisdiccional, queda a cargo de las partes impulsar el procedimiento, por lo que la inactividad o falta de promoción durante ciento ochenta días naturales, ya sea por desinterés o negligencia del demandante, conduce a la declaración de caducidad de la instancia y, en consecuencia, al sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo, pues ésta obedece a que no promovió lo necesario para que el procedimiento continuara hasta su conclusión, de forma que dicha declaración no es consecuencia de...

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