Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 28 de Abril de 2017 (Tesis num. XVI.1o.T.41 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 28-04-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.1o.T.41 L (10a.)
Fecha de publicación28 Abril 2017
Fecha28 Abril 2017
Número de registro2014170
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVI.1o.T.41 L (10a.)

Independientemente de que se efectúe o no la reinstalación, la aceptación del ofrecimiento de trabajo lleva a considerar que el actor modificó la acción principal intentada, porque transigió con su contraparte, ya que ante su pretensión de ser indemnizado por un despido injustificado, su patrón, que negó ese hecho, le ofreció volver a laborar en los mismos términos y condiciones en que lo venía haciendo, propiciando la terminación de la controversia por la vía de la conciliación y la continuación de la relación laboral. Así, si la reinstalación no pudo llevarse a cabo porque el trabajador no asistió a la diligencia respectiva, sin que en autos obre algún escrito en el que hubiera manifestado su deseo de retractarse o los motivos por los que no asistió a la reinstalación, al ignorarse el motivo de la incomparecencia, debe considerarse que subsistió la aceptación de la reinstalación y que la relación de trabajo se mantuvo en latencia hasta que el empleado unilateralmente dejó de presentarse a su puesto, es decir, a la diligencia que lo reinstalaría; por ende, el pago de indemnización constitucional será improcedente porque la relación de trabajo, por efecto del ofrecimiento, debió entenderse continuada en la fecha y hora programadas para la reinstalación. A partir de entonces, la terminación de la relación laboral ya no tuvo su causa en el despido injustificado alegado, sino en la voluntad del trabajador de no continuar desempeñando sus funciones. En este sentido, la indemnización...

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