Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 28 de Abril de 2017 (Tesis num. XV.5o.27 A (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 28-04-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.5o.27 A (10a.)
Fecha de publicación28 Abril 2017
Fecha28 Abril 2017
Número de registro2014172
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XV.5o.27 A (10a.)

Cuando la suspensión provisional en el amparo impide a la autoridad aduanera exigir los requisitos que prevén las normas, decretos y leyes reclamados, para la introducción a territorio nacional de mercancías de procedencia extranjera, no puede considerarse que sea voluntad ni omisión de aquélla permitir que el particular ingrese al país dichas mercancías sin observar las disposiciones consideradas inconstitucionales, mientras subsista la medida cautelar, pero una vez que ésta deje de surtir efectos por haberse negado la suspensión definitiva, así como la protección constitucional, la autoridad recupera sus facultades para verificar el cumplimiento de la normativa indicada y el pago de las contribuciones omitidas con motivo de la suspensión provisional otorgada. En consecuencia, las actividades que el contribuyente efectuó quedan sujetas a las normas, decretos y leyes mencionados, dado que el...

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