Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 7 de Abril de 2017 (Tesis num. I.10o.P.9 P (10a.) de Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 07-04-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.P.9 P (10a.)
Fecha de publicación07 Abril 2017
Fecha07 Abril 2017
Número de registro2014085
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.10o.P.9 P (10a.)

En términos del artículo cuarto transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo sistema procesal penal acusatorio, previsto, entre otros, en el artículo 19 de la Constitución Federal, concluirán su trámite conforme a las disposiciones vigentes en el momento en que fueron iniciados. Por ende, en los procedimientos incoados en el sistema de justicia penal tradicional, es improcedente revisar y modificar el beneficio de la libertad provisional bajo caución de conformidad con el diverso artículo quinto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, entre otras, del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el medio de difusión indicado el 17 de junio de 2016, aun cuando este precepto establezca que podrá revisarse la medida privativa de la libertad o de prisión preventiva decretada con base en la legislación procesal penal vigente con anterioridad a la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial, en términos de los artículos 153 a 171 y 176 a 182 del código citado. Lo anterior, porque lo previsto en el artículo quinto transitorio en comento constituye un desacato a la prohibición expresa que el Constituyente Permanente puntualizó, en el sentido de que cada caso debe analizarse acorde con la normativa que le dio origen, sin mezclar ambos sistemas. Así, por supremacía constitucional, certidumbre y seguridad jurídica para los gobernados, al resolver sobre la libertad provisional en materia penal, es indispensable verificar la legislación procesal con la que se inició el asunto del que emana el acto reclamado, pues esta circunstancia es la que determinará la norma secundaria, tipo de procedimiento e instituciones jurídicas que resulten aplicables; toda vez que la libertad es un derecho fundamental que puede restringirse o suspenderse, porque no es absoluto, por lo cual el nuevo sistema penal acusatorio no debe calificarse como benéfico o perjudicial para alguna de las partes, sino simplemente distinto del anterior sistema, el que tuvo como propósito, entre otros, resolver con prontitud los asuntos y crear mayor confianza en la sociedad.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
17 sentencias
  • Sentencia N° 1123-2017 de la Sala 10, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2017
    • México
    • March 5, 2018
    ...Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, al resolver los amparos en revisión 151/2016, 146/2016 y 13/2017, sostuvo la tesis I.10o.P.9 P (10a.), de título y "LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. ACORDE CON LOS PRINCIPIOS DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL, CERTIDUMBRE Y SEGURIDAD JURÍDICA, ES......
  • Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • September 30, 2017
    ...agosto de 2015 a las 10:30 horas». 21. Caso C.Á. y L.Í. vs. Ecuador. Párrafo 53, citado con anterioridad en esta ejecutoria. 22. Tesis aislada I.10o.P.9 P (10a.), con registro digital: 2014085, publicada el viernes 7 de abril de 2017 a las 10:11 horas, en el Semanario Judicial de la Federac......
  • Sentencia N° 325-2021 de la Sala 10, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2021
    • México
    • November 17, 2021
    ...Programa 'ELIDA' Eliminador de Datos Judicial del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco 146/2016 y 13/2017, sostuvo la tesis I.10o.P.9 P (10a.), de título y subtítulo: "LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. ACORDE CON LOS PRINCIPIOS DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL, CERTIDUMBRE Y SEGU......
  • Sentencia N° 379-2018 de la Sala 10, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2018
    • México
    • August 23, 2018
    ...Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, al resolver los amparos en revisión 151/2016, 146/2016 y 13/2017, sostuvo la tesis I.10o.P.9 P (10a.), de título y subtítulo: "LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. ACORDE CON LOS PRINCIPIOS DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL, CERTIDUMBRE Y SEGURIDAD J......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR