Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 24 de Marzo de 2017 (Tesis num. IV.1o.T.5 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 24-03-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.T.5 L (10a.)
Fecha de publicación24 Marzo 2017
Fecha24 Marzo 2017
Número de registro2014028
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; IV.1o.T.5 L (10a.)

Si bien existe criterio de nuestro Máximo Tribunal en el sentido de que los estímulos de asistencia y puntualidad regulados en los artículos 91 y 93 del Reglamento Interior de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social son prestaciones que integran el salario de los trabajadores de ese instituto, lo cierto es que su pago depende de que se cumplan con las condiciones previstas en los referidos artículos, y no solamente del desempeño de las labores diarias de esos trabajadores, sin condicionante adicional alguna; así, conforme al primer numeral, los trabajadores tienen derecho a que se les pague el estímulo por asistencia cuando asistan a laborar todos los días hábiles de una quincena y registren su asistencia correspondiente a dichos días; por otra parte, conforme al numeral 93 citado, el estímulo de puntualidad se cubre a los trabajadores que registren su asistencia diaria, dentro de una quincena, diez veces hasta el minuto cinco. Por tanto, la circunstancia de que el...

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