Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, 3 de Marzo de 2017 (Tesis num. V.3o.C.T.2 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Quinto Circuito, 03-03-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2013852
Número de resoluciónV.3o.C.T.2 L (10a.)
Fecha de publicación03 Marzo 2017
Fecha03 Marzo 2017
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; V.3o.C.T.2 L (10a.)

En el procedimiento ordinario tramitado ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo prevé que a la demanda podrán anexarse las pruebas que se estimen pertinentes y tengan vínculo con las acciones y excepciones alegadas por las partes al abrirse el arbitraje. Por su parte, el diverso numeral 880 de la citada ley regula el desarrollo de la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, sin que se advierta como requisito que las pruebas previamente ofrecidas por el actor al presentar la demanda deban ratificarse o reiterarse en la etapa correspondiente (ofrecimiento de pruebas) menos aún, que establezca como sanción la inadmisión de los medios de prueba ofrecidos en aquel escrito por falta de reiteración. Por tanto, de acuerdo con el principio de concentración del proceso, no pueden imponerse a...

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