Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 3 de Febrero de 2017 (Tesis num. IV.4o.T.6 L (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 03-02-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2013617
Número de resoluciónIV.4o.T.6 L (10a.)
Fecha de publicación03 Febrero 2017
Fecha03 Febrero 2017
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; IV.4o.T.6 L (10a.)

El hecho de que el actor acepte el empleo propuesto, no implica una variación de la acción de indemnización constitucional que ejerció, por la de reinstalación, sino que, ante el ofrecimiento asiente continuar con el vínculo laboral, transigiendo las partes en ese aspecto, pero no se plantea una nueva acción como tal; de manera que, si la aceptación de la oferta laboral no constituye, per se, propiamente una acción, no puede prescribir en términos del artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 137/2007, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página 564, de rubro: "PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. OPERA CUANDO SE CAMBIA EL RECLAMO DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR REINSTALACIÓN, O VICEVERSA, CON MOTIVO DEL DESPIDO, FUERA DEL PLAZO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.", puesto que este criterio se refiere a la preclusión del derecho cuando el actor, en uso de la facultad que le confiere el artículo 878, fracción II, de la ley citada (vigente hasta el 30 de...

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