Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 2 de Diciembre de 2016 (Tesis num. IV.2o.A.126 A (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 02-12-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2013275
Número de resoluciónIV.2o.A.126 A (10a.)
Fecha de publicación02 Diciembre 2016
Fecha02 Diciembre 2016
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; IV.2o.A.126 A (10a.)

De conformidad con el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, cuando los contribuyentes tengan la obligación de expedir comprobantes fiscales, es necesario que los emitan mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, para lo cual deben: a) contar con un certificado de firma electrónica avanzada vigente; b) tramitar ante aquel órgano el certificado para el uso de sellos digitales; c) cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del propio código; d) remitir a la autoridad señalada, antes de su expedición, el comprobante fiscal digital por Internet respectivo, para que valide el cumplimiento de los requisitos contenidos en este último precepto, le asigne el folio correspondiente e incorpore su sello digital; y, e) entregar o poner a disposición de sus clientes el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet, a través de los medios electrónicos que disponga el Servicio de Administración Tributaria y lo otorguen en forma impresa, de ser solicitado. Por su parte, el artículo 29-A, primer párrafo y fracción I, del mismo ordenamiento, dispone que los comprobantes fiscales digitales por Internet deben contener, entre otros requisitos, el régimen fiscal en que tributen los contribuyentes conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. En ese contexto, los tickets de compra no pueden ser considerados como comprobantes fiscales digitales por Internet, pues del contenido de los preceptos citados no se advierte la obligación de los contribuyentes de que, al emitir un ticket de compra, éste cumpla con los requisitos aludidos, ya que no es al momento de la compra cuando el contribuyente emite la representación impresa del comprobante fiscal digital por Internet, sino que una vez certificado por el Servicio de Administración Tributaria o por el proveedor autorizado, se entrega el archivo electrónico al solicitante...

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