Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 23 de Septiembre de 2016 (Tesis num. II.4o.A.4 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 23-09-2016 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.4o.A.4 K (10a.) |
Fecha de publicación | 23 Septiembre 2016 |
Fecha | 23 Septiembre 2016 |
Número de registro | 2012647 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.4o.A.4 K (10a.) |
Acorde con el artículo 117, último párrafo, de la Ley de Amparo, cuando los actos reclamados sean materialmente administrativos y en la demanda se aduzca su falta o insuficiencia de fundamentación y motivación, las autoridades responsables deben, en sus informes justificados, complementar el acto reclamado en esos aspectos; por tanto, al requerir esos informes, el Juez de Distrito hará notar a las autoridades responsables ubicadas en esa hipótesis que, de no expresar o complementar la fundamentación y motivación del acto reclamado, actuará conforme al diverso precepto 124, último párrafo, del mismo ordenamiento, esto es, en la sentencia determinará que el referido acto presenta un vicio de fondo que impide a la autoridad su reiteración. Luego, si el juzgador federal soslaya estas circunstancias y no formula el requerimiento aludido, vulnera una formalidad esencial del procedimiento, pues deja en estado de indefensión al quejoso, quien desconocerá la fundamentación y motivación respectivas, lo que genera que el Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del recurso de revisión, deba reparar esa violación y ordenar la reposición del procedimiento, a fin de que las autoridades responsables rindan nuevamente sus informes justificados y en ellos expresen o complementen la fundamentación y motivación del acto administrativo que se hubiera reclamado, para que, una vez hecho lo anterior, se brinde al quejoso la oportunidad de ampliar la demanda de amparo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Amparo en revisión 168/2015. J.A.T.M.. 19 de enero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: V.J.S.V.. Secretario: C.A.R.V..
Nota: Esta tesis fue objeto de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Ejecutoria num. 241/2020 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 11-06-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...que norman el procedimiento del juicio de amparo que trascendió al resultado del fallo. 15) De la ejecutoria relativa emanó la tesis aislada II.4o.A.4 K (10a.), de título, subtítulo y texto "REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO. DEBE ORDENARSE SI AL SOLICITAR A LAS AUTORIDADES RESPONSA......
-
Tesis num. 2a./J. 7/2021 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 11-06-2021 (Contradicción de Tesis)
...Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el amparo en revisión 168/2015, el cual dio origen a la tesis aislada II.4o.A.4 K (10a.), de título y subtítulo: "REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO. DEBE ORDENARSE SI AL SOLICITAR A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES SU......
-
Actos materialmente administrativos. su complementación en el juicio de amparo indirecto para una justicia constitucional integral
...el derecho legislado— puede generar cambios en el esquema propuesto. 64Tesis aislada VI.1o.A.49 K (10a.) véase nota 28. 65Tesis aislada II.4o.A.4 K (10a.) del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, de rubro: reposición del procedimiento en el AmpAro. debe ......