Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 26 de Agosto de 2016 (Tesis num. III.2o.A.8 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 26-08-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.A.8 K (10a.)
Fecha de publicación26 Agosto 2016
Fecha26 Agosto 2016
Número de registro2012411
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.2o.A.8 K (10a.)

De los artículos 5o., fracción I y 73, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, se advierte que el legislador, al emplear la palabra "colectivo", se refirió a aquel juicio tramitado por dos o más personas que aducen una violación a sus derechos y que, por ende, resienten una afectación a su esfera jurídica; sin embargo, ello no debe confundirse con la acción colectiva prevista en los artículos 578 a 584 del Código Federal de Procedimientos Civiles, ya que la figura del "amparo colectivo" no existe así en la ley de la materia. Por tanto, las disposiciones de la legislación civil adjetiva mencionadas son inaplicables supletoriamente al amparo, en términos del artículo 2o. de la ley que lo rige, máxime si a la vía constitucional acudieron varios quejosos aduciendo que promovían una acción colectiva y, posteriormente, a prevención del juzgador, señalaron que tramitaban el juicio por su propio derecho en lo individual, ya que el amparo intentado...

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