Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 5 de Agosto de 2016 (Tesis num. XXII.1o.2 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 05-08-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.1o.2 L (10a.)
Fecha de publicación05 Agosto 2016
Fecha05 Agosto 2016
Número de registro2012205
MateriaLaboral, Común
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXII.1o.2 L (10a.)

Conforme a los artículos 1, 2, 3, 150 y 158 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Querétaro abrogada, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje es competente para conocer de las controversias laborales suscitadas entre la Unidad de Servicios para la Educación Básica Estatal (USEBEQ) y sus trabajadores, no por el carácter de organismo público descentralizado estatal, sino por la particular responsabilidad derivada del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica -publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de mayo de 1992-, donde el Gobierno Estatal se constituyó a través de dicha unidad de servicios en patrón sustituto.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 591/2015. Unidad de Servicios para la Educación Básica en el Estado de Querétaro. 10 de marzo de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: M.B.V.. Secretario: S.O.C.R..


Nota: La denominación actual del órgano emisor es la de Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito.

Esta tesis se publicó el viernes 05 de agosto de 2016 a las 10:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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