Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 2016 (Tesis num. I.6o.T.157 L (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-07-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012042
Número de resoluciónI.6o.T.157 L (10a.)
Fecha de publicación01 Julio 2016
Fecha01 Julio 2016
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.6o.T.157 L (10a.)

No basta que se pruebe que subsiste la materia del trabajo de un trabajador académico interino de la Universidad Nacional Autónoma de México para la procedencia de la prórroga de su contrato, sino que también es necesario contar con la aprobación del Consejo Técnico, que es el organismo correspondiente para ello, como lo prevé el artículo 46 del Estatuto del Personal Académico de esa casa de estudios, disposición que debe acatarse, pues dicha institución educativa por mandato constitucional es autónoma y dentro de sus atribuciones tiene la libertad de fijar las modalidades de las relaciones laborales con ese tipo de trabajadores (en atención a sus finalidades); de ahí que la Ley Federal del Trabajo los considere con características propias, al ser una actividad especial de índole específico, por lo que la prórroga solicitada no se rige por el artículo 39 de la Ley Federal del...

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