Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 24 de Junio de 2016 (Tesis num. I.2o.C.21 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 24-06-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2011966
Número de resoluciónI.2o.C.21 C (10a.)
Fecha de publicación24 Junio 2016
Fecha24 Junio 2016
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.2o.C.21 C (10a.)

Si bien es cierto que el artículo 70 del Código Federal de Procedimientos Civiles prevé la posibilidad de promover una demanda en la que se reclamen todas o algunas de las cuestiones que puedan surgir para la decisión de una controversia, no menos verídico resulta que dicho precepto de ninguna forma faculta a quien demande una parte de esas pretensiones derivadas de un litigio, a que con posterioridad a la conclusión de dicho proceso, y a su libre elección, pueda nuevamente demandar en un nuevo juicio, de la misma persona y con base en la misma causa, el resto de las cuestiones que pudo y debió haber reclamado en un primer momento, ya que si bien la disposición legal referida, no lo prohíbe expresamente, lo cierto es que dicha prohibición deriva de la interpretación sistemática y teleológica del señalado precepto, en relación con el artículo 71 del propio código, conforme a la cual se obtiene que si al presentar una demanda, no se reclaman todas las pretensiones que pudieron y debieron demandarse, derivadas de una misma controversia, ello sólo permite que el accionante tenga la oportunidad de presentar una nueva demanda ante el propio juzgador que conoce del juicio ya iniciado, para ampliar, por una sola ocasión, las pretensiones que se desean exigir de la contraparte, antes de que en éste se dicte sentencia definitiva irrevocable. Lo anterior, ya que las ideas fundamentales de la exposición de motivos del proyecto del Código Federal de Procedimientos Civiles y, en particular, de los preceptos legales en comento, se sigue que la finalidad perseguida por el legislador fue dejar atrás la idea tradicional de la litis cerrada, para dar paso a la litis abierta, y flexibilizar el proceso jurisdiccional, dando la posibilidad a las partes de ampliar las pretensiones y oposiciones expuestas en un juicio ya iniciado, para evitar así la multiplicidad de juicios, privilegiando los principios generales de certeza jurídica, economía procesal y concentración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
9 sentencias
  • Sentencia N° 442-2019 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2019
    • México
    • 12 Septiembre 2019
    ...de Tesis: Aislada, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 31, Junio de 2016, Tomo IV, Materia(s): Civil, Tesis: I.2o.C.21 C (10a.), Página: 2723, de rubro Acción. Debe ejercitarse observando el principio de concentración (análisis sistemático y teleológico de los artí......
  • Sentencia N° 76-2022 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
    • México
    • 22 Marzo 2022
    ...Tipo: Aislada. 48 Época: Décima Época, Registro digital: 2011966, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Materia(s): Civil, Tesis: I.2o.C.21 C (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 31, junio de 2016, Tomo IV, página Tipo: Aislada. TOCA 76/2022 TERCERA S......
  • Sentencia N° 166-2020 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2020
    • México
    • 16 Marzo 2020
    ...de Tesis: Aislada, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 31, Junio de 2016, Tomo IV, Materia(s): Civil, Tesis: I.2o.C.21 C (10a.), Página: 2723, que a la letra “ACCIÓN. DEBE EJERCITARSE OBSERVANDO EL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN (ANÁLISIS SISTEMÁTICO Y TELEOLÓGICO DE L......
  • Sentencia N° 412-2022 de la Sala 9, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
    • México
    • 5 Septiembre 2022
    ...tesis aislada, con registro digital: 2011966, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias(s): Civil, Tesis: I.2o.C.21 C (10a.), Fuente: Gaceta 18 NOVENA SALA TOCA 412/2022 ___________________________________ Documento para versión electrónica. El documento fue testa......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR