Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, 10 de Junio de 2016 (Tesis num. VII.1o.A.14 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, 10-06-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.1o.A.14 A (10a.)
Fecha de publicación10 Junio 2016
Fecha10 Junio 2016
Número de registro2011858
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.1o.A.14 A (10a.)

Del examen comparativo de los artículos 296 del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de I. de la Llave y 112 de la Ley de Amparo se advierte que, mientras el primero establece el plazo de "tres días siguientes a la presentación de la demanda" para conceder la suspensión provisional del acto controvertido, el segundo fija, para el mismo efecto, el de veinticuatro horas, es decir, aquél señala uno mayor que éste, por lo cual se actualiza una excepción al principio de definitividad a que se refiere la fracción XX del numeral 61 de la última ley mencionada. Por tanto, es factible acudir al juicio de amparo indirecto sin agotar previamente el contencioso administrativo previsto en el artículo 280 y demás relativos del ordenamiento local citado, ante el...

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