Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 27 de Mayo de 2016 (Tesis num. I.15o.T.9 L (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 27-05-2016 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2011711 |
Número de resolución | I.15o.T.9 L (10a.) |
Fecha de publicación | 27 Mayo 2016 |
Fecha | 27 Mayo 2016 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.T.9 L (10a.) |
Si bien es cierto que el acta notarial en la que se hace constar la entrega del aviso rescisorio al trabajador es un documento público, por lo que en su valoración no pueden exigirse los requisitos establecidos para la prueba testimonial, ni es necesaria su ratificación ante el tribunal de trabajo; también lo es que en dicha acta debe asentarse la forma en la que el notario conoció o constató la identidad del trabajador al que se le hizo entrega, ello mediante cualquiera de las formas que se establezcan en la ley que rige la actividad del fedatario, como por ejemplo la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, que en su artículo 69 dispone que para que el notario haga constar que conoce a los comparecientes, deberá valerse de alguno de los siguientes medios: a) Por la certificación que haga, bajo su responsabilidad, de que los conoce personalmente; b) Por la presentación de documentos oficiales con fotografía que hagan los comparecientes; o, c) Con la...
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Sentencia N° 547-2021 de la Sala 7, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2021
...por analogía, lo que señala la tesis con número de registro 2011711, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, tesis: I.15o.T.9 L (10a.), consultable en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 30, Mayo de 2016, Tomo página 2750, de texto y rubro siguiente:......