Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 8 de Abril de 2016 (Tesis num. IV.2o.A.117 A (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 08-04-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2011427
Número de resoluciónIV.2o.A.117 A (10a.)
Fecha de publicación08 Abril 2016
Fecha08 Abril 2016
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; IV.2o.A.117 A (10a.)

De los artículos 12 y 46-A del Código Fiscal de la Federación, analizados conforme al segundo párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en consideración, además, de que aquéllos forman parte de un sistema jurídico, se colige que, al señalar el cuarto párrafo del mencionado artículo 12 que los plazos fijados por mes o por año vencen el mismo día del siguiente mes o año a aquel en que iniciaron, implica que, ese día, la autoridad ya no puede realizar acto alguno dentro del procedimiento de visita domiciliaria. Estimar lo contrario, llevaría a concluir que la afectación al derecho subjetivo de inviolabilidad del domicilio del particular puede exceder el plazo máximo para su conclusión, esto es, durar doce meses y un día, pese a lo establecido expresamente en el citado artículo 46-A.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 257/2015. KBR Monterrey, S.A. de C.V. 28 de enero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: J.E.G.B.. Secretario: E.R.G.V..


Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 270/2017 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J...

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