Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con Residencia en El Distrito Federal y Jurisdicción en Toda la República, 1 de Abril de 2016 (Tesis num. I.1o.A.E.20 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia en El Distrito Federal Y Jurisdicción en Toda La República, 01-04-2016 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.1o.A.E.20 A (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Abril 2016 |
Fecha | 01 Abril 2016 |
Número de registro | 2011359 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.A.E.20 A (10a.) |
La resolución a través de la cual se individualiza la multa impuesta a un particular como medida de apremio en un procedimiento administrativo seguido por la Comisión Federal de Competencia Económica, así como los actos de ejecución que de aquélla deriven, constituyen actos terminales que tienen una ejecución de imposible reparación, al afectar materialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en favor de aquél, pues derivan de un procedimiento accesorio, incidental o auxiliar del procedimiento principal o básico, que es su antecedente y, por lo mismo, es independiente o ajeno a éste. Por tanto, contra dicha determinación procede el amparo indirecto, al no actualizarse de forma notoria y manifiesta la improcedencia del juicio en términos del artículo 28, vigésimo párrafo, fracción VII, constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.
Queja 61/2014. Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia Económica. 6 de noviembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: J.C.T.P.. Secretaria: A.P.N..
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