Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 4 de Marzo de 2016 (Tesis num. I.11o.C.24 K (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 04-03-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.11o.C.24 K (10a.)
Fecha de publicación04 Marzo 2016
Fecha04 Marzo 2016
Número de registro2011198
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.11o.C.24 K (10a.)

Las fracciones de la I a la VII del artículo en mención, prevén la existencia de elementos objetivos que afectan de forma directa e inmediata la imparcialidad en que debe conducirse el juzgador, cuando tiene el carácter de cónyuge o pariente de alguna de las partes o de sus abogados; si tiene interés personal en el asunto o lo tiene su cónyuge o parientes; si ha intervenido en el asunto en diverso carácter o intervino como asesor; si forma parte de diverso juicio de amparo semejante al de su conocimiento; y si tiene una amistad o enemistad con alguna de las partes o sus representantes. Por otro lado, en la fracción VIII, el legislador estableció que pueden presentarse situaciones diversas a las especificadas, que impliquen, desde luego, elementos que pongan en riesgo la imparcialidad del juzgador. A diferencia de las fracciones I a VII, que señalan específicamente las circunstancias que afectan directamente la imparcialidad del juzgador, la fracción VIII no exige que el elemento objetivo la afecte directamente, pues establece como mínimo que exista un riesgo, término que significa una contingencia o proximidad de un daño que está expuesto a perderse o a no verificarse. Así, el elemento objetivo que exige la fracción VIII debe tener la característica de que el juzgador no se encuentre en una situación de riesgo que comprometa su imparcialidad o, que a los ojos de la sociedad o de un observador razonable pueda advertir que existe motivo para pensarlo así; esto es, que existan situaciones que puedan llevar a considerar que se advierten conflictos de intereses y, por ello, se pierda la distinción de...

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