Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 26 de Febrero de 2016 (Tesis num. III.3o.T.37 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 26-02-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.3o.T.37 L (10a.)
Fecha de publicación26 Febrero 2016
Fecha26 Febrero 2016
Número de registro2011164
MateriaConstitucional, Laboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.3o.T.37 L (10a.)

Para imponer la sanción consistente en la suspensión en el cargo de munícipe, en términos del artículo 143 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el caso de incumplimiento de un laudo, se estableció un procedimiento especial que no prevé la referida ley, y cuya aplicación no corresponde al Tribunal de Arbitraje y Escalafón de esa entidad, sino al Congreso del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, conforme a los artículos 224 a 232 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, en los que se prevé dicho procedimiento especial para la suspensión o revocación del mandato de los miembros de un Ayuntamiento, con lo cual se colma el derecho de audiencia, previo a la emisión de la resolución respectiva, sin que esté a discusión por el Congreso del Estado la procedencia o no de la suspensión del servidor público, toda vez que se haría nugatorio lo previsto en la ley burocrática, en el apartado relativo al cumplimiento de los laudos dictados por el tribunal laboral. Por consiguiente, el Congreso no puede analizar la decisión del tribunal laboral para verificar si la conducta de la autoridad es grave o no; esto es así, porque la decisión de suspender a la autoridad en cuestión ya fue tomada por el aludido tribunal, el cual tiene facultades para ello; por tanto, el Congreso únicamente tiene que acatar la orden de suspensión, es decir, debe llevar el trámite correspondiente para ejecutar la suspensión en el cargo por un plazo de 15 días sin goce de sueldo al...

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