Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 19 de Febrero de 2016 (Tesis num. I.3o.P.43 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 19-02-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.P.43 P (10a.)
Fecha de publicación19 Febrero 2016
Fecha19 Febrero 2016
Número de registro2011037
MateriaConstitucional, Penal,Derecho Penal,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.P.43 P (10a.)

Para que la diligencia de confrontación a que se refieren los artículos 217 a 224 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, practicada ante el Ministerio Público en la etapa de averiguación previa, pueda tener validez durante el proceso, sin transgredir los derechos humanos del indiciado, de conformidad con los artículos 1o. y 20, apartado A, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en su texto vigente hasta la implementación del sistema penal acusatorio), con el fin de salvaguardar el derecho de defensa adecuada, al tratarse de una diligencia en la que el sujeto pasivo ignora los datos de su agresor, como son nombre, apellidos, domicilio y demás circunstancias, pero manifiesta poder reconocerlo si se lo presentaren a la vista, es necesario que el defensor del inculpado esté presente durante su desarrollo, pues sólo así podrá conocerse la...

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