Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 11 de Diciembre de 2015 (Tesis num. XVII.12 P (10a.) de Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 11-12-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.12 P (10a.)
Fecha de publicación11 Diciembre 2015
Fecha11 Diciembre 2015
Número de registro2010693
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVII.12 P (10a.)

La negativa del Juez de garantía de decretar el sobreseimiento en la causa penal basado en que el representante social, una vez cerrada la investigación, no formuló la acusación respectiva en el plazo de diez días establecido en el artículo 287 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, constituye un acto de imposible reparación para efectos de la procedencia del juicio de amparo, por afectar el derecho sustantivo a la libertad del quejoso, pues dicho sobreseimiento tiene efectos de una sentencia absolutoria en términos del artículo 289 del propio código y, por ende, hace cesar la medida cautelar de prisión preventiva impuesta; de modo que ese rechazo del Ministerio Público implica que el acusado permanezca privado de su libertad durante las siguientes etapas del proceso. Además, la referida denegación ya no...

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