Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, 8 de Enero de 2016 (Tesis num. (I Región)6o.3 L (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Primera Región, Con Residencia en Cuernavaca, Morelos, 08-01-2016 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2010758 |
Número de resolución | (I Regi |
Fecha de publicación | 08 Enero 2016 |
Fecha | 08 Enero 2016 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (I Región)6o.3 L (10a.) |
De los artículos 140, primer párrafo, 142, segundo párrafo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, y 734 y 736 de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012 (de aplicación supletoria), se advierte que se tendrá por desistido de la acción y de la demanda a quien no formule promoción alguna en el término de 3 meses, siempre que ésta sea necesaria para la continuación del procedimiento; que todos los términos correrán a partir del día hábil siguiente a aquel en que se haga la notificación, y se contará en ellos el día del vencimiento; que para computar los términos, los meses se considerarán de 30 días naturales y los días hábiles se considerarán de 24 horas naturales; y que en ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar las actuaciones ante la "Junta", salvo disposición en contrario. Ahora bien, la otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXIX, Núm. 3, página 655, de rubro: "DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN ANTE LAS JUNTAS, CÓMPUTO DEL TÉRMINO DE TRES MESES (VACACIONES DE LAS JUNTAS Y DÍAS FERIADOS).", determinó que la expresión "en ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar las actuaciones judiciales", debe entenderse referido a términos judiciales y no prescriptorios, pues éstos se cuentan por meses, sin que deban descontarse los periodos vacacionales ni los días feriados, además de que corresponde a la parte actora excitar la actividad de la Junta...
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