Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 6 de Noviembre de 2015 (Tesis num. III.3o.T.20 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 06-11-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.3o.T.20 K (10a.)
Fecha de publicación06 Noviembre 2015
Fecha06 Noviembre 2015
Número de registro2010401
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.3o.T.20 K (10a.)

El artículo 199 de la Ley de Amparo, precisa que la repetición del acto reclamado podrá ser denunciada por la "parte interesada", esto es, por el quejoso, que es la persona a quien le fue concedida la protección de la Justicia Federal, porque éste tiene interés en que no se repita el acto que se configuró como violatorio de derechos fundamentales; por tanto, el tercero interesado en un juicio de amparo no está legitimado para promover dicho medio de impugnación, toda vez que no le afecta el acto repetitivo, porque si bien el cumplimiento de las ejecutorias es de orden público, ello no legitima a cualquier sujeto para exigir su acatamiento, en atención al principio de relatividad de las sentencias de amparo, que implica que la protección federal se...

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