Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 31 de Diciembre de 2014 (Tesis num. III.4o.C.9 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 05-12-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.4o.C.9 K (10a.)
Fecha de publicación31 Diciembre 2014
Fecha31 Diciembre 2014
Número de registro2008124
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Diciembre de 2014; Tomo I; Pág. 811. III.4o.C.9 K (10a.).
MateriaConstitucional, Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El derecho de petición previsto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se traduce en que a toda solicitud de los gobernados presentada por escrito ante cualquier autoridad (incluyendo la jurisdiccional), de manera respetuosa y pacífica, debe recaer una respuesta por escrito y en forma congruente, haciéndola del conocimiento de aquéllos en breve plazo, pero sin que el servidor esté vinculado a responder favorablemente a los intereses del solicitante. Lo anterior lleva a concluir que si el quejoso alega en la demanda de amparo la omisión de acordar un asunto por parte del Juez natural, ese acto por parte de la autoridad jurisdiccional, es una violación directa al derecho de petición establecido en el citado artículo, que no puede estar condicionado a la etapa en que se encuentre el proceso natural o al contenido de la promoción, pensar de otra forma significaría que el derecho de petición quede limitado, restringido o disminuido y condicionado, lo cual jurídicamente es inadmisible por virtud de la supremacía constitucional, por tanto, al transgredirse un derecho fundamental, procede el juicio de amparo indirecto con base en la fracción V del numeral 107 de la Ley de Amparo, aplicable por analogía.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Queja 141/2014. J.M.M.J.. 1o. de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: F.A.C.M.. Secretaria: K.M.R.B..


Queja 156/2014. O.F.A.. 11 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: F.A.C.M.. Secretaria...

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