Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, 30 de Noviembre de 2014 (Tesis num. (VIII Región)2o.6 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Octava Región, 21-11-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(VIII Regi
Fecha de publicación30 Noviembre 2014
Fecha30 Noviembre 2014
Número de registro2008017
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo IV; Pág. 2964. (VIII Región)2o.6 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando el reclamo de horas extras se basa en el hecho de que el trabajador no contó con tiempo para gozar de la ingesta de alimentos, por haber laborado continuamente y en exceso, pero sin precisar el horario en que debía cubrir su necesidad, dicho reclamo resulta inverosímil, en virtud de que no es creíble que se hubiera laborado varias jornadas de trabajo de manera continua y excesiva, sin cubrir esa necesidad de alimentación, dado que el común de los hombres no puede trabajar en esas condiciones, al tratarse de una necesidad fisiológica humana.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.

Amparo directo 302/2014 (cuaderno auxiliar 700/2014) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Mérida...

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