Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. I.9o.T.34 L (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31-10-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.T.34 L (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Fecha31 Octubre 2014
Número de registro2007816
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2802. I.9o.T.34 L (10a.).
MateriaComún

Cuando a la referida comisión se le atribuya la violación al derecho humano de petición consagrado en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que no se ha dado trámite al recurso de inconformidad planteado contra una resolución de diversa autoridad del propio instituto, debe considerarse como acto de autoridad para efectos del amparo, ya que la pretensión del promovente es que se reconozcan los descuentos que el patrón le aplicó a su salario, atendiendo a lo que le fue ordenado por el citado instituto, para que se tomaran en cuenta los efectuados para amortizar el crédito que para la adquisición de vivienda le fue otorgado por dicha institución, de suerte que la orden de descontar del salario del quejoso los montos correspondientes...

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