Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. XI.2o.A.T.3 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 31-10-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.2o.A.T.3 L (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Fecha31 Octubre 2014
Número de registro2007849
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2969. XI.2o.A.T.3 L (10a.).
MateriaConstitucional, Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional

De la tesis aislada P. LXXIII/97, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, mayo de 1997, página 176, de rubro: "TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. ESTÁN LIMITADOS SUS DERECHOS LABORALES EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN XIV DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.", se advierte que los derechos que otorgan las primeras fracciones del referido precepto constitucional, básicamente son aplicables a los trabajadores de base, ya que la referida fracción XIV los limita en cuanto a su aplicación íntegra, puesto que los trabajadores de confianza sólo pueden disfrutar de las medidas de protección al salario y de seguridad social, pero no de los demás derechos. De aquí que los trabajadores de confianza al servicio del Estado no gozan del derecho de sindicación en defensa de sus intereses, que consagra la fracción X del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que ese derecho se otorga...

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