Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, 30 de Septiembre de 2014 (Tesis num. VIII.2o.P.A.26 A (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Octavo Circuito, 26-09-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.P.A.26 A (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2014
Fecha30 Septiembre 2014
Número de registro2007534
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2526. VIII.2o.P.A.26 A (10a.).
MateriaConstitucional

El citado precepto, reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2010, en vigor a partir de los 240 días naturales siguientes, al excluir la posibilidad de que se haga saber personalmente al actor la resolución por la que se admita la contestación de la demanda en el juicio contencioso administrativo y se le corra traslado de ésta y de sus anexos, lo que sí preveía en su texto anterior, es regresivo y, por ende, vulnera el principio de progresividad de los derechos humanos, contenido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De ahí que deba ser inaplicado oficiosamente, ya que disminuyó el nivel de protección dado al acceso a la justicia, al proveer únicamente el deber de hacer del conocimiento del demandante, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, la resolución que corra traslado de la demanda, en el caso del tercero, así como el emplazamiento al particular en el juicio de lesividad a que se refiere el artículo 13, fracción III, de la propia ley.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.

Amparo directo 240/2014. Servicios Integrales y Especializados de Coahuila, S.A.P.I. de C.V. 11 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: L.G.M., secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR