Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 30 de Septiembre de 2014 (Tesis num. I.5o.C.7 K (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 05-09-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.C.7 K (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2014
Fecha30 Septiembre 2014
Número de registro2007400
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2596. I.5o.C.7 K (10a.).
MateriaComún

El propio órgano de control de los actos de autoridad es quien debe, a su vez, asumir la responsabilidad que le corresponde, de verificar el acatamiento que la autoridad responsable debe a la sentencia protectora, pues se trata de una cuestión de orden público; de modo tal que, con el desahogo de la vista o sin ella, debe determinar si la ejecutoria está cumplida o no, o si hubo exceso o defecto, de modo que se entenderá cumplida cuando lo sea en su totalidad, sin ningún vicio, de conformidad con el artículo 196 de la Ley de Amparo.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 444/2013. V.T.W.S.. 29 de agosto de 2013. Unanimidad de votos. Ponente...

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