Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. XXI.2o.P.A.3 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 29-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.2o.P.A.3 P (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Número de registro2007322
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1842. XXI.2o.P.A.3 P (10a.).
MateriaComún

De la intelección de la jurisprudencia 1a./J. 25/2011, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (que a su vez analiza la diversa 1a./J. 114/2009), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., mayo de 2011, página 75, de rubro: "OFENDIDO O VÍCTIMA DEL DELITO. PUEDE ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CON EL CARÁCTER DE TERCERO PERJUDICADO CUANDO EL ACTO RECLAMADO SEA UNA ORDEN DE APREHENSIÓN O UN AUTO DE FORMAL PRISIÓN.", se concluye que, si bien es cierto que para encuadrar como tercero perjudicado a la víctima u ofendido del delito en relación con una orden de aprehensión reclamada en un juicio de amparo, basta la sola posibilidad de que pueda llegarse a afectar su derecho a la reparación del daño con la decisión que se adopte sobre la aludida orden, también lo es que para que el agraviado pueda impugnar la sentencia protectora es necesario que ésta resuelva el fondo de dicho juicio, como los vinculados al acreditamiento de los elementos del delito y la probable responsabilidad del inculpado, ya que únicamente de este modo es que puede truncarse el proceso penal, a tal grado que imposibilite la reparación del daño a que aspira el sujeto pasivo del delito. Por tanto, si la concesión de la protección federal contra ese mandato de captura, obedece únicamente a vicios formales, como la falta de fundamentación y motivación, es inconcuso que la víctima u ofendido, tercero perjudicado en ese estadio procesal, carece de legitimación para interponer el recurso de revisión en su contra.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER...

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