Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. II.3o.A.155 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 15-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.A.155 A (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Número de registro2007146
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1601. II.3o.A.155 A (10a.).
MateriaComún

En varios criterios jurisprudenciales del Pleno y de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se sustenta que cuando los actos reclamados en amparo tengan conexión entre sí, de tal manera que forman una unidad indivisible de finalidad determinada, no es debido juzgarlos aisladamente. Consecuentemente, si la autoridad fiscal emite un oficio para iniciar sus facultades de comprobación en relación con determinado contribuyente y, posteriormente, decide dejarlo insubsistente, pero no para beneficiar al interesado, sino para ejercer la misma facultad en su agravio, incluso respecto del mismo ejercicio y contribuciones, es claro que dicha insubsistencia tuvo por objeto mejorar o subsanar los vicios que tenía el acto original, por lo cual, no se actualiza la causa de improcedencia del amparo por cesación de efectos del acto reclamado por cuanto hace al acto revocatorio, pues para ello se requiere que las cosas queden en el estado que tenían antes de su existencia, como si se hubiera otorgado la protección constitucional al quejoso (véanse, por ejemplo, la tesis P. CL/97 y la jurisprudencia 2a./J. 59/99) sino más bien debe valorarse en conjunto toda esa actuación, sobre todo si se considera que, por sus finalidades, pueda resultar inconstitucional el segundo oficio, para pasar después al análisis constitucional del primero que, incluso, pretendió corregirse...

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