Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. II.3o.A.23 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 15-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.A.23 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Número de registro2007130
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1554. II.3o.A.23 K (10a.).
MateriaComún

De los criterios jurisprudenciales y aislados sustentados por el Pleno y las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se advierte que, para fijar correctamente los actos reclamados que serán materia del análisis constitucional, debe acudirse a la lectura íntegra de la demanda, por virtud de su sentido de indivisibilidad, sin atender a los calificativos que, en su enunciación, se hagan sobre su constitucionalidad o inconstitucionalidad, pero si fuera el caso que, aun eso fuera insuficiente, entonces los juzgadores deberán armonizar -además de los datos que emanen del escrito inicial- la información que se desprenda de la totalidad del expediente del juicio, buscando lograr que su sentido sea congruente con todos esos elementos e identificando los reclamos con alguno de los supuestos de procedencia del amparo, lo que deberá hacerse con un sentido de liberalidad no restrictivo y atendiendo, preferentemente, al pensamiento e intencionalidad de su autor, descartando las precisiones que generen oscuridad o confusión (es decir, debe preferirse lo que quiso decir el quejoso y no lo que en apariencia dijo, a partir de una valoración rígida o literal del capítulo respectivo) y, todo ello, con el objeto de lograr una congruencia entre las pretensiones, lo que será resuelto y lo que razonablemente puede ser materia del juicio constitucional en función de los supuestos de su procedencia, sin que pueda considerarse que esto implique una suplencia de queja, sino la recta precisión de un presupuesto que será la base de...

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