Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. VII.1o.P.T.3 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y de Trabajo del Séptimo Circuito, 22-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.1o.P.T.3 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Número de registro2007274
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1933. VII.1o.P.T.3 K (10a.).
MateriaComún

El artículo 97, fracción II, inciso a), de la Ley de Amparo establece que el recurso de queja en amparo directo procede cuando la autoridad responsable omita tramitar la demanda; lo que pudiera ser indicativo de que únicamente el quejoso está legitimado para interponerla, pero no es así, porque también puede recurrir el tercero interesado, pues la omisión de la autoridad responsable lesiona igualmente su interés al retrasar la solución definitiva de la controversia.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Queja 9/2014. L.G.M.. 7 de febrero de 2014...

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